La desventaja principal son las personas con las que se cierra el negocio, porque en algunos casos pueden ser irresponsables al momento de pagar, caer en mora y en la negativa de pago.
A todas aquellas personas que se dedican a comprar inmuebles para refaccionar y, posteriormente, ponerlos en alquiler, se les recomienda redactar un contrato de arrendamiento muy claro y específico en el que se incluyan las consecuencias de no querer pagar la renta.
Los mejores abogados para la tramitación de desahucios
Cuando la paciencia y las palabras de mediación se agotan es hora de tomar las riendas de la situación. La mejor ayuda es provendrá de los servicios de JR Abogados, quienes pueden ser contactados en esta página web. Son los mejores especialistas en desahucios con 15 años de experiencia y los puedes encontrar en su despacho en Alcalá de Henares.
Cuando se contratan servicios de abogados por el impago de inmuebles, se ansía llegar a un único objetivo: reclamar la renta de los meses vencidos y en algunos casos, si el propietario así lo quiere, la recuperación total y la devolución de la propiedad a sus legítimos dueños.
Antes de tomar cualquier acción legal, es necesario mediar con palabras para tratar de buscar una solución entre los dueños y los arrendatarios.
Siempre es recomendable que los arrendadores hagan actas o lleven un registro de cada reunión, en donde se expongan los acuerdos en los que se lleguen para el pago de los meses de renta vencidos para, posteriormente, certificarlas ante notario y así convertirlas en documentos con validez legal.
La finalidad es la de protegerse las espaldas de timadores que no tienen realmente interés en cumplir con los acuerdos a los que se llega en las reuniones.
Conocimientos pre-demanda
En el bufete de abogados JR se le pedirá al dueño del inmueble ciertos documentos que certifiquen que ese inmueble es realmente de su propiedad, y otros papeles para poder llevar a cabo la demanda por impagos de alquiler:
- Escritura de la propiedad.
- Contrato de alquiler.
- Recibo de meses no pagados.
- Cartas de reclamación o actas de acuerdos incumplidos.
- Seguro de impago de alquiler, es caso de que se haya contratado uno.
Debido a que esta es una empresa que lleva años ofreciendo servicios de demandas por impago, todos los procedimientos legales que se vayan a tramitar en la ciudad de Alcalá están asociados a los Juzgados de Primera Instancia números 1, 2, 3, 4 y 5.
Contratar a los especialistas de JR Abogados ofrece muchísimos beneficios ya que son los mejores en su área:
- Se ahorra tiempo: gracias a que trabajan con la premisa de que el tiempo del cliente vale oro, y que cada día que no se haga algo por recuperar su inmueble, es un día perdido. Estos abogados cierran demandas en tiempo récord.
- Asesoramiento certero: debido a sus 15 años de trayectoria.
- Se ahorra dinero: aparte, logran que los morosos paguen los meses de renta vencidos, sean la cantidad que sean.
¿Cómo es el proceso de desahucio por impago de alquiler?
El desahucio de alquileres por morosidad consta de dos fases. La primera es la fase de desalojo propiamente dicho, y la otra fase es la legal, en la que se lleva a juicio a los faltantes del contrato de arrendamiento.
Primera fase del desahucio
Para empezar este proceso, en JR Abogados se apela a la Ley de Arrendamientos Urbanos que establece que el arrendador podrá disolver el contrato de alquiler por falta de pagos, lo que hace que los expertos inicien el proceso legal:
- La demanda. Se redacta y se avala por un abogado quien, posteriormente, la llevará al juzgado para su inicio.
- Juicio y sentencia de desalojo. Primero, el juzgado evaluará las pruebas que demuestren que los inquilinos llevan meses sin pagar la renta, para luego determinar la orden de desalojo del inmueble.
- Desalojo. Esta es la etapa más crucial, ya que en algunos casos, se necesitan los diferentes Cuerpos de Seguridad del Estado para desalojar a los arrendatarios. Luego de este proceso, el dueño tiene la potestad de hacer el cambio de cerradura si lo considera necesario.
Fase legal
Se compone del proceso de demandas y apelaciones ante el Juzgado de Primera Instancia en el que, como primera instancia, se le exhorta al otrora arrendatario que pague los meses de deuda o se le llevará a juicio.