¿La especialización o el multiservicio?
A la hora de acudir a despachos de abogados por primera vez, siempre surge la duda sobre qué es mejor, si acudir a la especialización o al multiservicio de un gran bufete. Dependerá un poco de lo que necesite cada caso, pues si por ejemplo se trata de un problema conyugal, lo adecuado sería que el tema lo tratase un abogado matrimonial. Independientemente del multiservicio de los grandes despachos, dentro de ellos existe la especialización, con el objetivo de cubrir los diferentes tipos de demanda judicial que se dan cada día en España. La elección del letrado será de vital relevancia, ya que determinará en gran medida los resultados en los momentos clave de un juicio, pero ¿qué requisitos mínimos debemos reclamar a un servicio de abogacía?
Si la honestidad es una característica necesaria para mejorar como personas, en la relación cliente-abogado puede marcar un antes y un después. La confianza es una cima tan solo alcanzable con la sinceridad y la transparencia en una relación profesional. Las mentiras o los intereses únicamente personales no suelen llevar a ningún buen camino, de manera que tan perjudicial puede ser un abogado que no sea sincero con las probabilidades de éxito en un caso, como un cliente que omita partes relevantes para el análisis de un juicio.
El orden y la agilidad en las decisiones rápidas, aplicando cierta flexibilidad para adaptarse a las necesidades de cada cliente, son a su vez, aptitudes reseñables que mejorarán el desempeño y los resultados judiciales. Todo esto combinado con la paciencia, suma una serie de virtudes que moldean al abogado o abogada perfectos. Los conocimientos finales son necesarios y la experiencia es un grado, sin embargo, suponen dos aptitudes que se suelen labrar con el tiempo; mientras que el desarrollo y el buen hacer deontológico forman una base indispensable y determinante para la elección de un abogado.
¿Qué tipos de juicio existen?
Si por suerte uno es novato en el mundo de los juicios y nunca se ha necesitado el asesoramiento jurídico para una contienda legal, no es raro no saber que existen diferentes tipos de vías judiciales. En España hay cuatro clases de juicios, como son civil, penal, contencioso-administrativo y laboral, que detallamos a continuación.
- Civil: son básicamente todos los conflictos y reclamaciones que se dan entre particulares. De este modo, en esta vía entra la reclamación de daños y perjuicios, desahucios por falta de pago, separaciones de divorcio, reclamación de propiedades, etc.
Su tramitación es mayoritariamente por escrito, concediendo una fecha límite para que las partes redacten y aporten las pruebas que consideren. Visto todo, el juez dicta sentencia, apelable ante la Audiencia Provincial. Este órgano judicial corrobora o contradice con una sentencia definitiva, raras veces y solo en casos especiales, se acude al Tribunal Supremo.
- Penal: se da en los casos de delitos o faltas. Son temas normalmente más serios con castigos que pueden acarrear incluso prisión, como robo, asesinato, homicidio, falsificaciones, tráfico de drogas, conducción en estado de embriaguez y otros muchos casos similares. En esta vía hay una fase de investigación y un juicio oral, con la obligación de acudir para todos los implicados. Una vez repasado todo por el juez, el fiscal y el abogado, se fija una fecha para la sentencia.
- Contencioso-Administrativo: se trata de las reclamaciones de un particular a la Administración, tanto autonómica como foral o local. Un ejemplo de esto serían las sanciones firmes de tráfico.
El tipo de juicio es prácticamente idéntico al procedimiento por lo civil, con la particularidad de que a la Administración la defienden sus propios letrados y que siendo por escrito suele darse en los organismos del Tribunal Superior de Justicia de las capitales de cada comunidad autónoma.
- Laboral: como el propio nombre indica, tiene que ver con el ámbito del trabajo, con la condición obligatoria de que antes de pasar a mayores, todo caso se pueda llevar antes al servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la Delegación de Trabajo. El juicio es de carácter oral y público, presentando las pruebas ante el juez y dictando sentencia después de su estudio.